Ayudas destinadas a autónomos y PYMES
El gobierno de España, presenta cuatro líneas de ayudas para la extensión de prestación por cese de actividad para autónomos y PYMES, desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo.
Ayudas del gobierno de España a autónomos y PYMES
Línea 1
Prestación por cese de actividad motivado por resolución administrativa de la autoridad competente:
- 50% de la base mínima.
- Exoneración del pago de la cuota de autónomos.
Línea 2
Prestación por cese de actividad compatible con el ejercicio de la profesión.
- 70% de la base reguladora
- Devolución de las contingencias comunes (95%) de la cuota de seguridad social de autónomos.
- Acreditar una disminución de ingresos del 50% respecto al mismo periodo del año 2019.
Línea 3
Prestación para aquellos que no se puedan acoger a ninguna de las anteriores (se haya dado de alta a partir de abril de 2020).
- 50% de la base mínima
- Exoneración del pago de la cuota de autónomos.
- Acreditar descenso en ventas.
- Estar dado de alta desde el 1 de abril de 2020.
Línea 4
Prestación para autónomos temporales (feriantes, agricultores, guías turísticos, artistas, etc.)
Deberán haber cotizado 6 meses en el año 2018 y seis meses en el año 2019, siendo obligatorio que al menos dos meses al año sean del primer semestre.
- 50% de la base mínima
- Exoneración de la cuota de autónomos.
Todas desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo. Más información en: http://bit.ly/3cvsA9n
Ayudas de la Junta a autónomos y PYMES
Desde la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha se publica el programa de febrero el inicio del Plan “APOYO AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD”
- Subvención a fondo perdido, compatible con la actividad. De 2.100 euros hasta 10.000 dependiendo del número de trabajadores.
Para acceder a la misma es preciso: Mantenerse en alta durante un periodo de 12 meses. Además, acreditar descenso en la facturación de un 40% respecto del mismo periodo del año 2019.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el próximo 1 de marzo, inclusive.
Más información en: https://bit.ly/3tjSaUC