domingo, noviembre 24, 2024
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Cámara de Comercio de Toledo crea un punto de información virtual sobre el BREXIT

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte dejó de ser Estado miembro de la UE. Pasó a tener la consideración de tercer país el 31 de enero de 2020, tras la ratificación del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Para dar respuesta a las dudas relacionadas con la operativa comercial sobre el Brexit, la Cámara de Comercio de Toledo pone en marcha un punto de atención virtual. Este, atiende a las empresas de la provincia para resolver consultas y comunicar las dificultades que están encontrando con la entrada en vigor del acuerdo.

Además de poder realizar consultas, las empresas pueden informarse, a través de este punto de atención virtual de la Cámara de Comercio de Toledo, sobre las fases de transición del Brexit, los Acuerdos, las guías con información de interés sobre los cambios en la relación comercial con el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, noticias actualizadas y talleres informativos sobre las consecuencias del BREXIT en diversos aspectos.

El 31 de enero de 2020 se produjo la salida efectiva de Reino Unido de la Unión Europea

El Acuerdo de Retirada contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante este período, se ha continuado aplicando la legislación comunitaria en el Reino Unido en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias. La Unión Europea ha tratado al Reino Unido como si fuese un Estado miembro. Excepto en lo referente a su participación en las instituciones de la UE y en las estructuras de gobernanza.

El principal objetivo del Acuerdo de Retirada es garantizar una retirada ordenada de Reino Unido. Además, proporcionar seguridad jurídica a los ciudadanos, operadores económicos y administraciones de la Unión Europea y del Reino Unido. El Acuerdo de Retirada ofrece protección a los ciudadanos de la Unión Europea y a los nacionales del Reino Unido que hayan ejercido sus derechos al amparo del ordenamiento jurídico de la Unión antes del 31 de diciembre de 2020. Incluye, además, tres protocolos con disposiciones específicas relativas a Gibraltar, a Irlanda/Irlanda del Norte y a las zonas de soberanía en Chipre.

El período transitorio finalizó el 31 de diciembre de 2020.

 

Se puede consultar toda la información en el siguiente enlace:

https://camaratoledo.com/internacional/punto-de-informacion-brexit/

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