En menos de dos semanas, el 2 de agosto, la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) deja de ser un organismo que solo puede advertir e inspeccionar para convertirse en una autoridad con plena capacidad sancionadora. Es la fecha en la que la mayor parte del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial —la primera ley del mundo que regula esta tecnología— entra en aplicación plena en toda la Unión Europea.
Lo que muchas empresas no saben es que parte de esta ley ya es obligatoria desde hace más de un año. Desde febrero de 2025, el artículo 4 del Reglamento exige que cualquier empresa que use inteligencia artificial forme a las personas que la manejan. No hace falta desarrollar IA ni ser una empresa tecnológica para estar dentro de esta obligación: basta con que alguien en la plantilla use ChatGPT para redactar documentos, una herramienta de IA para generar imágenes, un chatbot de atención al cliente o un programa que filtre currículums. La mayoría de las pymes españolas usa ya alguna de estas herramientas sin ninguna política ni formación documentada.
Hasta ahora, ese vacío pasaba relativamente desapercibido. Pero el 2 de agosto cambia el escenario en dos frentes. Primero, porque entran en vigor las obligaciones más estrictas del Reglamento para los llamados sistemas de “alto riesgo”: entre ellos, el software usado para filtrar candidatos en procesos de selección, evaluar el desempeño de empleados, conceder créditos o priorizar pacientes en el ámbito sanitario. Cualquier empresa que use este tipo de herramientas —muchas veces sin saber que están clasificadas como de alto riesgo— deberá poder demostrar supervisión humana, registros de uso y evaluaciones de conformidad. Segundo, porque AESIA, que ya inspecciona desde febrero de 2025, obtiene a partir de esta fecha plena capacidad para sancionar.
Las cifras dan una idea de la magnitud: el Reglamento contempla multas de hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación anual para las infracciones más graves, y de hasta 15 millones de euros o el 3% para el resto de incumplimientos. Cada Estado miembro, además, puede fijar sus propias sanciones para cualquier otra infracción de la norma, incluida la falta de formación del personal.
Pero el riesgo no se limita a una multa. Una plantilla que no entiende cómo funciona la IA que utiliza no puede garantizar que la empresa cumple el resto de obligaciones de la ley —las que sí llevan aparejadas las sanciones millonarias—, ni defenderse si una decisión tomada con ayuda de un sistema automático perjudica a un cliente, a un candidato o a un trabajador. Y cada vez son más las grandes empresas y administraciones públicas que, antes de firmar un contrato, piden a sus proveedores pruebas de que cumplen con la normativa de IA. No tener esa documentación puede significar quedarse fuera de un concurso.
“Llevamos meses viendo empresas que usan IA todos los días sin saber que están incumpliendo la ley. No es mala fe, es desconocimiento. El problema es que a partir del 2 de agosto ese desconocimiento deja de ser una excusa: AESIA ya puede sancionar”, explica Manuel, CEO de Webosconjamon.
Cumplir con el artículo 4 no es complicado, pero sí exige hacerlo de forma correcta: una política interna de uso de la inteligencia artificial, formación adaptada a cada puesto de trabajo y un registro que acredite que esa formación se ha impartido. Son, precisamente, los tres documentos que cualquier inspección solicita primero.
Webosconjamon ha desarrollado un programa de formación en inteligencia artificial con certificado y con la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento del artículo 4 ante una posible inspección. Más información en empresa@webosconjamon.com
Más información siguiendo el enlace Formacion_Alfabetizacion_IA.pdf